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Lugar de condena: Maipú, Ciudad de Santiago

Delito: Robo

Sentencia: 10 años 1 día

Tiempo compurgado: 3 años

La Sala de Verano de la Corte Suprema ordenó la inmediata liberación de un hombre que fue erróneamente condenado por tres robos con intimidación en 2008, por asaltos a menores de edad cometidos en julio y agosto en Maipú en el año 2005.

El fallo unánime de los ministro del máximo tribunal del país benefició a Pedro Lobos Parra, quien por una sentencia del Quinto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago cumplía 10 años de cárcel por tres asaltos con un peculiar “modus operandi”.

En su momento, la Fiscalía Metropolitana Occidente lo identificó como el responsable de tres asaltos a distintas víctimas menores de edad, a las cuales las llevaba caminando por la salida de un centro comercial y tras contarles una historia de precariedades sobre su vida, agregaba que había sido integrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez y que estaba huyendo porque había asaltado un camión blindado, para luego amenazarlas con una supuesta arma de fuego y amenazándolas que las agrediría sino le pasaban sus pertenencias.

Los padres de Pedro Lobos Parra interpusieron el recurso de revisión de la sentencia contra su hijo, de fecha 22 de febrero de 2008, adjuntando una condena a otro hombre, identificado como Mauricio González Madrid, quien fue sentenciado por otros robos similares más de medio año antes, el 3 de junio de 2007.

González Madrid tiene una marca en su rostro similar a Lobos Parra, que es una cicatriz en su ceja, pero el primero en la parte derecha, mientras que el segundo en su zona izquierda, lo que en el caso del primer condenado fue una de las pruebas más remarcadas por los jueces orales que lo mandaron a la cárcel.

Sin embargo, y como fundamento del recurso de revisión, la marca facial no es una prueba incriminatoria, dicen los jueces de la Suprema, como si lo fue la confesión de González Madrid de haber cometido los delitos que se imputaron a Lobos Parra, con igual modus operandi.

A eso se agregó que mientras Lobos Parra se encontraba detenido preventivamente en el centro para la rehabilitación de drogadictos Carpe Diem, Gonzaléz Madrid siguió cometiendo estos delitos con similares características.

En el fallo además los jueces de la Sala de verano de la Corte Suprema establecen que la Fiscalía Metropolitana Occidente desechó investigar toda una línea indagatoria sobre otras personas involucradas en similares delitos, pese a las peticiones de los padres del imputado Lobos Parra.

De esta forma y con los nuevos documentos aportados, los jueces de forma unánime dictaminaron liberar a Pedro Lobos Parra, declarando su más completa inocencia de los delitos que se imputaron hace siete años.

28 de Febrero de 2012.

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