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Robert Anel Díaz Morales

Lugar de Condena: Humacao, Puerto Rico
Delitos: Asesinato en primer grado, Robo y Secuestro
Sentencia: 172 años
Años Servidos: 10 Años
Liberado: 9 de mayo de 2012
El 23 de octubre de 2001, los hechos cometidos en el pueblo de Humacao, Puerto
Rico, fueron erróneamente atribuidos al joven Robert Anel Díaz Morales de apenas 21
años. Contratados por el ex-novio de la víctima y por motivo de venganza por ella haber
terminado la relación, un grupo de hombres escalaron al hogar de la joven Kenia Rosario
Vera de 26 años con el propósito de infligirle la mayor cantidad de tortura posible que
una persona puede tolerar sin morir al instante. Dichas personas, todas adictas a la
heroína según declara uno de los testigos del Estado y coautor del crimen, agredieron,
cortaron, violaron, sodomizaron y quemaron a la Sra. Rosario. Luego de que los
delincuentes se fueron del lugar de los hechos, dejándola viva y encendida en fuego con
las manos esposadas, ella logra abrir la ducha para apagar su cuerpo. Como
consecuencias, sufrió quemaduras en un 35%, de su cuerpo, lo cual produjó su muerte 2
meses después.
Para el 28 de octubre de 2001, el Sr. Díaz Morales, estudiante universitario en el
campo de administración de empresas, compró un celular en la calle que da la casualidad
que le pertenecía a la Sra. Rosario. Sin embargo, una oficial de la Policía lo cuestiona a
pesar de tener conocimiento de que el Sr. Díaz Morales no se estaba involucrado en lo
absoluto con los hechos imputados en ese crimen. Ante preguntas de la oficial, el joven
expresó que no sabía quien era la persona que le enseñaron en una foto, el Sr. Irving
Carrasquillo Olivera. Como consecuencia, la oficial lo amenazó con imputarle los cargos
de dicho crimen si no podía hacer la identificación. Posteriormente, fue arrestado el 30 de
agosto de 2002 debido a la credibilidad otorgada a la versión de los hechos brindada por
el Sr. José Luis Delgado, uno de los coautores del crimen. A su vez, este testificó que
todos los autores que fueron reclutados para cometer dichos actos delictivos eran adictos
a la heroína y que uno de ellos se llamaba “Quenepo”, identificando al Sr. Díaz Morales
como tal persona.
Previo al juicio, la defensa intentó presentar como evidencia el testimonio del
médico que examinó al Sr. Díaz Morales en la cárcel, en el cual expresó no haber
encontrado rastro alguno de que fuese un usuario de dicha sustancia controlada. No
obstante, el juez del Tribunal de Primera Instancia no permitió que se presentara esta
evidencia al entender que podía causarle confusión al jurado.
Por otra parte, el Sr. Irving Carrasquillo Olivera testificó en el juicio para la
defensa que él fue una de las personas en participar en dicho crimen y que el Sr. Díaz
Morales no lo fue. A pesar de todo ello, el 12 de marzo de 2004, el Sr. Díaz Morales fue
encontrado culpable de los delitos imputados y sentenciado a 172 años de prisión. Luego
de dictada la sentencia, su representación legal dio con el paradero de la persona
conocida como “Quenepo”, siendo su nombre real Javier Francisco Sánchez González.
Dicho individuo testificó en un documento de que él era la única persona en su pueblo de
Gurabo, lugar donde también residía el Sr. Díaz Morales, conocida con ese apodo.

Basada en esta evidencia, sus abogados radicaron una moción de nuevo juicio, la cual fue
denegada en 2 ocasiones. No conforme con la decisión del Tribunal, apelaron la segunda moción denegada
argumentando que debía revocarse debido a las inconsistencias del testimonio del Sr.
Delgado, la evidencia de que otra persona diferente era quien estaba involucrada en el
crimen y la exclusión indebida de evidencia de que el Sr. Díaz Morales no era un adicto a
la heroína. A estos efectos, el 9 de mayo de 2012, el Tribunal Supremo de Puerto Rico
revocó la convicción del Sr. Díaz Morales.
En fin, el Sr. Robert Anel Díaz Morales tenía 21 años al momento en que sufrió
un atropello de la justicia por parte del Estado. De los 10 años que estuvo en prisión, 8 de
ellos los cumplió en el área de máxima seguridad donde permanecía encerrado 22 horas
diarias. Consiguió la libertad una vez que el Tribunal Supremo de Puerto Rico reconoció
el grave error e injusticia que se había cometido contra este ciudadano y emitió una
sentencia para que lo liberaran inmediatamente. En la actualidad, el Sr. Díaz Morales se
encuentra llevando un pleito civil contra el Estado, ha retomado sus estudios
universitarios y recorre la Isla dando charlas educativas exhortando a la ciudadanía a que
vivan una vida conforme a derecho para evitar perder uno de los derechos
constitucionales más salvaguardados y protegidos en la Carta de Derechos del Art. II Sec.
7 de la Constitución de Puerto Rico, el cual reconoce como derecho fundamental del ser
humano el derecho a la vida, a la libertad y al disfrute de la propiedad.

Recursos:
1. http://www.primerahora.com/noticias/puertorico/nota/pasodiezanospresoporuncrimenquenocometio-651797/
2. http://www.elnuevodia.com/nota-1264128.html
3. http://www.law.umich.edu/special/exoneration/Pages/casedetail.aspx?caseid=4066
4. http://www.ramajudicial.pr/ts/2007/2007TSPR65.pdf
5. http://www.justicia.pr.gov/rs_template/v2/Prensa/Ago02/30ago02.html
6. https://www.youtube.com/watch?v=1z4CxV4DZ0Y