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La Justicia Penal en América Latina en los Tiempos del COVID-19

Por Alejandro Romero

04 de mayo de 2020

 

Antecedentes 

Hasta la fecha, la pandemia del COVID-19 – enfermedad causada por el coronavirus SARS-CoV-2 – ha cobrado la vida de casi un cuarto de millón de personas con un total de 3.48 millones de personas contagiadas en todo el mundo (según datos de la Universidad John Hopkins). 

Esta pandemia ha generado una crisis sin precedentes que, tan solo hace un par de meses, la mayoría no anticipamos. Esta crisis ha puesto a prueba a los gobiernos de todos los países del mundo y se ha puesto en tela de juicio la fragilidad de los sistemas de salud y la importancia de la instrumentación de políticas públicas que garanticen una estrategia eficaz para enfrentar retos en materia de salud como este. 

Además de las lamentables pérdidas de vidas humanas, la pandemia provocó un deterioro de la economía mundial que amenaza a los sistemas económicos y sus cadenas de suministro; producto de una profunda interdependencia comercial entre los países que se ha configurado gracias a la apertura comercial y la globalización. 

Los primeros indicadores son alarmantes: se prevé que la economía mundial disminuirá en casi 1%, además, según el director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), se calcula que alrededor de 200 millones de personas perderían su empleo en los primeros 3 meses de esta contingencia sanitaria. 

Amnistía y sobrepoblación en los centros penitenciarios 

Los sistemas de justicia penal no quedan inmunes ante esta crisis, al contrario, los brotes de COVID-19 en centros penitenciarios – rebasados en sus capacidades y poblaciones – se convirtieron en una problemática que muchos países están buscando solucionar. El COVID-19 nos hace cuestionarnos la viabilidad de la estrategia actual en los centros de readaptación social y nuestro acercamiento a la impartición de la justicia. 

En virtud de lo anterior, surgen las siguientes preguntas: ¿Estamos encarcelando a demasiada gente? ¿Debemos revisar la tipificación de los delitos que merecen pena privativa de libertad? ¿Deberíamos enfocarnos más en resarcir el daño al ofendido y no tanto en la severidad de las condenas de los delincuentes? ¿Cómo podemos mejorar la figura de la prisión preventiva? Todas estas preguntas forman parte de un debate que ha sido muy bien estudiado: la sobrepoblación de los centros penitenciarios. 

En América Latina el tema de sobrepoblación carcelaria no es una problemática nueva. Según Nunovero (2019), “entre el 2000 y el 2018 la población penitenciaria de América Latina aumentó por lo menos de 644,000 a 1,572,000 personas privadas de libertad. Los países que más incrementaron su población penitenciaria fueron El Salvador (411%) Ecuador (398%), Paraguay (323%), Venezuela (302%), Guatemala (248%), Perú́ (228%), Brasil (221%) y Nicaragua (219%)”. 

Por su parte, el pasado 25 de marzo de 2020, el Subcomité de la ONU para la Prevención de la Tortura instó a los gobiernos a “reducir el numero de personas en las prisiones y otros grupos de detenidos siempre que sea posible” en respuesta al COVID-19.

México

El pasado 20 de abril de 2020, el Senado mexicano aprobó la Ley de Amnistía, misma que establece un indulto en favor de personas procesadas o condenadas por los delitos de aborto, posesión simple de drogas (narcomenudeo) y robo simple. También beneficiará a presos políticos y a indígenas que no tuvieron oportunidad de tener un juicio justo, en su lengua y con una defensa efectiva.  

Algunos expertos consideran que el alcance de esta medida no será suficiente ya que tan solo servirá para descongestionar la población de las cárceles en un 7% y solo si se logra aplicar en todos los estados de la Republica Mexicana ya que la mayoría de las personas encarceladas por esos delitos, son del fuero común, es decir, competencia de los estados. 

Esta nueva ley ha sido sumamente controversial debido a las tres complejas vertientes que contempla. Por un lado, la protección de los grupos vulnerables durante la pandemia, el debate de la justicia transicional y la criminalización del aborto. Sobre este último punto, diversos líderes de opinión provida han manifestado que la nueva Ley de Amnistía podría abrir una ventana a la legalización. Cabe señalar que el aborto inducido se considera legal en todos los códigos penales estatales en casos de violación y todos salvo los códigos de Guanajuato y Querétaro lo permiten cuando hay riesgo para la salud y la vida de la mujer (aborto terapéutico). En la Ciudad de México y Oaxaca está despenalizado hasta las doce semanas de embarazo. 

El Salvador 

En El Salvador, la situación es critica. El presidente Nayib Bukele tomó la decisión de poner fin a la separación (por grupo criminal) de pandilleros en celdas hacinadas, insalubres y sin luz en todas las cárceles de El Salvador. Esta decisión, además de que podría desencadenar en una serie de motines y violencia, va en contra de los estándares internacionales de derechos humanos. 

De acuerdo con las «Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos (Reglas Nelson Mandela)», las autoridades deben garantizar que los reclusos tengan acceso a luz y ventilación adecuadas, a medidas de higiene y a un espacio personal adecuado, así como la posibilidad de hacer actividad física al aire libre.  

Sobre este asunto, José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch señaló que “ante la pandemia de Covid-19, las cárceles en El Salvador, al igual que en otros lugares, son un potencial epicentro de brote; este riesgo se ha exacerbado por las nuevas medidas de confinamiento dispuestas por el gobierno de Bukele”. 

Asimismo, el presidente autorizó a la Policía y al Ejercito a utilizar la “fuerza letal” para “defensa propia o para la defensa de la vida de los salvadoreños” tras un sangriento fin de semana en donde más de 70 salvadoreños perdieron la vida a causa de esta ola de violencia. 

Por su parte, Erika Guevara-Rosas, directora de Amnistía Internacional en América, afirmó que la decisión de Bukele puede generar que las fuerzas de seguridad salvadoreñas comentan graves violaciones a los derechos humanos, en un país consumido por la violencia.  

Para finalizar esta pieza, es importante enfatizar que estas políticas públicas que, si bien de primera mano tienen como objetivo minimizar los riesgos de salud en los centros penitenciarios, deben apegarse a las garantías constitucionales y a los sistemas supranacionales de los derechos humanos. Seria muy lamentable que los gobernantes utilizaran esta crisis como una oportunidad para introducir agendas ocultas. Es nuestra responsabilidad como sociedad exigir a las autoridades el cumplimiento de las normas mínimas para garantizar un tratamiento digno y humano hacia los reclusos.

Alejandro Romero es Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Baja California (UABC) y Maestro en Relaciones Económicas Internacionales y Cooperación con énfasis en America Latina por la Universidad de Guadalajara (UdG). Actualmente se desempeña como coordinador de RED Inocente.